La persona con discapacidad intelectual beneficiaria de pensión no contributiva, puede compatibilizar ésta con el trabajo remunerado. Para ello es imprescindible que el trabajador ya recibiera la pensión cuando comenzó a trabajar.



Si deja de trabajar, qué pasa con las prestaciones
A mi hijo le han ofrecido un empleo, ¿qué pasa con sus prestaciones si dejara de trabajar?
En la actualidad, cuando se accede a un empleo remunerado, se puede compatibilizar la pensión no contributiva, en el caso de que el trabajador la viniera percibiendo con anterioridad al inicio de la actividad lucrativa.
Durante los cuatro años siguientes al inicio de dicha actividad, la suma de la cuantía de la pensión y los ingresos obtenidos por salarios, no podrán ser superiores, en computo anual, al computo anual del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente en ese momento.
La persona con discapacidad intelectual beneficiaria de pensión no contributiva, puede compatibilizar ésta con el trabajo remunerado. Para ello es imprescindible que el trabajador ya recibiera la pensión cuando comenzó a trabajar.
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