


Ley de Dependencia
La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, más conocida como «ley de dependencia», es una ley que garantiza el derecho a todas las personas mayores o con discapacidad que no puedan valerse por si mismas a ser atendidas por las Administraciones Públicas, garantizándoles el acceso a los servicios sociales públicos y a las prestaciones económicas más adecuadas a sus necesidades.
La Ley fue presentada el 5 de marzo de 2006 . El 20 de abril de 2006 fue aprobada por el Consejo de Ministros y el 30 de noviembre de 2006 fue aprobada de forma definitiva en el Pleno del Congreso de los Diputados. Entró en vigor el 1 de enero de 2007.
La situación de dependencia se clasifica en varios grados y niveles:
La implantación de la Ley es progresiva:
TU ENTIDAD, ASOCIACIÓN O FUNDACIÓN, PUEDE ORIENTARTE EN EL PROCESO DE TRAMITACIÓN
Puedes acudir a los trabajadores sociales de tu asociación, porque ellos conocen las necesidades especializadas de la persona que solicita la dependencia, suscircunstancias particulares y la dimensión e implicaciones de su discapacidad. Pueden, por tanto, proporcionarte un asesoramiento personalizado y orientarte sobre si cumples los requisitos para beneficiarte de la Ley.
El trabajador social puede ayudarte a preparar la información y la documentación necesarias e incluso pueden elaborar un informe complementario sobre ladiscapacidad y las repercusiones reales que ésta tiene en la vida diaria de la persona.Este informe puede ayudar al equipo de valoración de la Comunidad Autónoma a realizar una evaluación más precisa de tu situación de dependencia.
Ese informe social, incluirá aspectos como el lugar de residencia de la persona solicitante; la relación de barreras arquitectónicas que alberga la vivienda; las adaptaciones realizadas en la vivienda; la relación de personas que viven con la que solicita la situación de dependencia, si existe alguna problemática entre ellas o alguna patología que pudiera influir en la persona con discapacidad; un detalle de la persona que normalmente atiende al demandante de la dependencia; enumeración de sus problemas de conducta si los hubiere; y cualquier otro detalle que los profesionales consideren oportuno.
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