1 de junio de 2006.
El pasado mes de abril, el Gobierno presento a las Cortes el proyecto de ley de promoción de la
autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
Se trata de una ley largamente esperada –los grupos parlamentarios comprometieron su elaboración
cuando se realizó la reforma de la Seguridad Social, “Pactos de Toledo”, el año 1994- y en la que
las personas con discapacidad han depositado grandes expectativas.
Sin duda, representará un importante avance hacia la aspiración última de equiparar nuestros
servicios sociales a los de los países europeos más avanzados. Sobre todo en el capítulo de la
dotación presupuestaria el crecimiento va a ser muy significativo. Actualmente, en España, el
conjunto de Administraciones Públicas dedican a estos fines el 0’32% del PIB –Producto Interior
Bruto- cuando la media europea se sitúa en el 1’5%. Con la aplicación de esta nueva ley se pretende
alcanzar ese 1’5% del PIB antes del 2015.
Sin embargo, en muchos aspectos, el texto presentado no responde a las necesidades de las
personas con dependencia, y, en especial, a las de las personas con discapacidad intelectual
y sus familias.
El proyecto de ley no representa una apuesta coherente con lo que dice su enunciado –promover la
autonomía personal-. Las prestaciones tanto en servicios como económicas del mismo se centran en
mejorar la dimensión asistencial que requieren las personas con dependencia para realizar las
actividades básicas de la vida diaria. Actuación que siendo importante, resulta insuficiente para
conseguir esa deseada autonomía personal. En este sentido, como mínimo, deberían introducirse los
siguientes cambios:
- La inclusión del las “personas con necesidades de apoyo para la autonomía personal en la
comunidad” en equivalencia de derecho a las que están en situación de dependencia para las
actividades básicas de la vida diaria
- Ampliación y mejora de todo lo relativo a las Prestaciones Sociales del Sistema. Incluyendo,
como fundamental, los tipos de servicios dirigidos a personas con necesidades de apoyo para la
autonomía personal en la comunidad, y a las familias.
En suma, esta ley debería contribuir a conseguir y consolidar:
- Una mejor garantía de los nuevos derechos sociales, en condiciones de no discriminación y
equidad respecto los distintos colectivos.
- Más claridad competencial y de financiación por parte de las Administraciones Públicas
implicadas.
- Una mayor y mejor oferta de prestaciones y servicios.
- La gratuidad de los servicios.
- La participación preferente de las entidades representativas de los colectivos y del Tercer
Sector Social en la configuración del Sistema y en la gestión de las Redes de Servicios.
En cualquier caso, los nuevos medios y recursos que la Ley va a dotar, permitirán afrontar en la
Comunidad de Madrid un proyecto más ambicioso: la universalización, en condición de derecho
subjetivo y exigible, de un completo Sistema de Servicios Sociales, dónde las personas con
discapacidad intelectual y sus familias dispongan de todos aquellos servicios necesarios para su
calidad de vida.
Por principios y por coherencia esta es la respuesta que las entidades del Movimiento
FEAPS MADRID deberán reivindicar y conquistar.