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LA LEY DE DEPENDENCIA Y EL DERECHO UNIVERSAL A LOS SERVICIOS SOCIALES


Autor: Victor Bayarri
Victor Bayarri es consultor Externo y colaborador en proyectos de FEAPS; Exdirector General del ICASS (Instituto Catalán de Servicios Sociales), Presidente de la Fundación Koiné-aequalitas para la Calidad y el Desarrollo Social.

VictorBayarri 1 de junio de 2006.

El pasado mes de abril, el Gobierno presento a las Cortes el proyecto de ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

Se trata de una ley largamente esperada –los grupos parlamentarios comprometieron su elaboración cuando se realizó la reforma de la Seguridad Social, “Pactos de Toledo”, el año 1994- y en la que las personas con discapacidad han depositado grandes expectativas.

Sin duda, representará un importante avance hacia la aspiración última de equiparar nuestros servicios sociales a los de los países europeos más avanzados. Sobre todo en el capítulo de la dotación presupuestaria el crecimiento va a ser muy significativo. Actualmente, en España, el conjunto de Administraciones Públicas dedican a estos fines el 0’32% del PIB –Producto Interior Bruto- cuando la media europea se sitúa en el 1’5%. Con la aplicación de esta nueva ley se pretende alcanzar ese 1’5% del PIB antes del 2015.

Sin embargo, en muchos aspectos, el texto presentado no responde a las necesidades de las personas con dependencia, y, en especial,  a las de las personas con discapacidad intelectual y sus familias.

El proyecto de ley no representa una apuesta coherente con lo que dice su enunciado –promover la autonomía personal-. Las prestaciones tanto en servicios como económicas del mismo se centran en mejorar la dimensión asistencial que requieren las personas con dependencia para realizar las actividades básicas de la vida diaria. Actuación que siendo importante, resulta insuficiente para conseguir esa deseada autonomía personal. En este sentido, como mínimo, deberían introducirse los siguientes cambios:

  • La inclusión del las “personas con necesidades de apoyo para la autonomía personal en la comunidad” en equivalencia de derecho a las que están en situación de dependencia para las actividades básicas de la vida diaria
  • Ampliación y mejora de todo lo relativo a las Prestaciones Sociales del Sistema. Incluyendo, como fundamental, los tipos de servicios dirigidos a personas con necesidades de apoyo para la autonomía personal en la comunidad, y a las familias.

En suma, esta ley debería contribuir a conseguir y consolidar:

  1. Una mejor garantía de los nuevos derechos sociales, en condiciones de no discriminación y equidad respecto los distintos colectivos.
  2. Más claridad competencial y de financiación por parte de las Administraciones Públicas implicadas.
  3. Una mayor y mejor oferta de prestaciones y servicios.
  4. La gratuidad de los servicios.
  5. La participación preferente de las entidades representativas de los colectivos y del Tercer Sector Social en la configuración del Sistema y en la gestión de las Redes de Servicios.

En cualquier caso, los nuevos medios y recursos que la Ley va a dotar, permitirán afrontar en la Comunidad de Madrid un proyecto más ambicioso: la universalización, en condición de derecho subjetivo y exigible, de un completo Sistema de Servicios Sociales, dónde las personas con discapacidad intelectual y sus familias dispongan de todos aquellos servicios necesarios para su calidad de vida.

Por principios y por coherencia esta es la respuesta que las entidades  del Movimiento FEAPS MADRID deberán reivindicar y conquistar.

Las personas con discapacidad llevan mucho tiempo esperando la Ley de Dependencia. Con esta ley aumentarán los presupuestos que las Administraciones públicas destinan a servicios sociales. En 10 años el gasto de España deberá aumentar para ser similar al de otros países europeos.

Pero esta Ley no soluciona las necesidades de las personas con discapacidad intelectual. Hay que igualar a las personas con discapacidad intelectual con las personas dependientes para todas las actividades de la vida diaria. Por eso es necesario que se incorpore a la Ley el concepto de apoyos para la autonomía personal en la comunidad.

La Ley de Dependencia debería garantizar los derechos sociales, mejorar la oferta de prestaciones y servicios y fomentar la participación del Asociacionismo en la configuración de los Sistemas de Gestión.

El Movimiento FEAPS MADRID deberá reivindicar la total cobertura de servicios para las personas con discapacidad intelectual y sus familias

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