Preguntas Frecuentes

A continuación exponemos las preguntas más frecuentes realizadas por familiares y profesionales del ámbito de la discapacidad intelectual en relación a La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la AutonomÃa Personal y Atención a las personas en situación de dependencia al Servicio de Información y Orientación de FEAPS Madrid.
Las respuestas pretenden ser de ayuda a las personas interesadas en solicitar tanto el reconocimiento y valoración de situaciones de dependencia como el derecho a las distintas prestaciones y servicios contemplados por el Sistema en la Comunidad de Madrid
Más información:
- ¿Quién puede ayudarme en la tramitación?

- ¿Qué sucede con los casos urgentes?

- ¿Se va a realizar algún control del dinero de compensación económica vinculada a servicio?

- ¿Qué es el informe social?

- ¿Qué es el PIA?

- ¿Qué grados de dependencia contempla la Ley?

- ¿Cuáles son los pasos para la tramitación?

- ¿Existe algún plazo para solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia?

- ¿Dónde y cómo se puede reclamar?

- ¿Cuáles son los requisitos básicos para ser titular de los derechos establecidos en la Ley?

- ¿Se puede pedir revisión del PIA?

- ¿Qué se debe hacer cuando no se cumplen los plazos de la administración?

- ¿Cuánto tiempo hay qué esperar para poder volver a solicitar valoración de la situación de dependencia si ya se habÃa solicitado con anterioridad o para pedir revisión de PIA?

- ¿Qué es el trámite de consulta?

- Una familia que tiene a su familiar en una residencia en otra Comunidad Autónoma y lo quiera trasladar, ¿debe pedir el traslado por la Ley de Dependencia?

- ¿Puede hacerse la valoración en el centro donde es atendido mi familiar?

- ¿Se puede valorar a una persona que no tiene reconocida una discapacidad?

- ¿Qué son los servicios transitorios?






